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Nivel superior En el camino de la esperanza 2004 Octubre Artículos


Octubre 2004. Número dedicado a la labor misionera.
 

Qué es evangelización y qué proselitismo.

¿Porqué evangelizar a aquellos a quienes promovemos a través de los proyectos sociales? ¿A caso no tienen ellos la libertad de elegir?



Recuerdo que hace muy poco tiempo, una persona –bautizada-, que conocía nuestra labor misionera, me atajó para preocupada cuestionarme: ¿Porqué evangelizar a aquellos a quienes promovemos a través de los proyectos sociales? ¿A caso no tienen ellos la libertad de elegir?
Cabe entonces hacer una diferencia entre proselitismo y evangelización. María José Ciaurriz , profesora Titular de Derecho Eclesiástico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (http://www.uned.es) de Madrid nos ofrece un perspectiva sobre el evangelizar como un acto legítimo de proselitismo:

El derecho de libertad religiosa aparece mencionado, de una u otra manera, en todas las Declaraciones internacionales que recogen el reconocimiento de los derechos humanos fundamentales, y en las Constituciones de la mayor parte de los países democráticos. Pero cabe aclarar que dicha libertad religiosa no se presenta como un derecho que el Estado o el Poder público concede a los ciudadanos, sino como un derecho previo al ordenamiento jurídico y que éste tiene el deber de tutelar y proteger. Un derecho que se desarrolla a través de variadas formas de actuarse, entre las que resultan capitales el derecho a elegir y profesar la religión deseada; el derecho a cambiar de religión; y el derecho a manifestar la propia religión, que a su vez engloba el derecho de publicar, enseñar, predicar y hacer proselitismo, además del derecho a actuar en la vida pública y privada de acuerdo con las propias convicciones religiosas.

De todo ello se deduce que el derecho de proselitismo forma efectivamente parte del derecho de libertad religiosa.

Por otro lado, el proselitismo ilegítimo es el proselitismo rechazable, en éste como en cualquier otro terreno. Esto es, la coacción que puede ejercerse de muchas maneras sobre las personas para inducirles forzadamente a adoptar una actitud o una creencia.

Comunicar, pública o privadamente, la propia fe es un derecho legítimo; hacerlo por la vía de la coacción no lo es. Toda manifestación de la propia fe es un acto de proselitismo, en cuanto que traslada a los demás la noticia de una convicción personal que, de por sí, tiende a comunicarse.
El proselitismo es un término mucho más amplio que la evangelización, si bien la evangelización es una forma de proselitismo. La evangelización supone la difusión del la enseñanza de Jesucristo (revelación divina). En consecuencia, quienes exponen la doctrina contenida en los Evangelios, con el propósito de informar a otros, y también con el propósito de atraerles hacia dicha doctrina, están realizando un acto legítimo de proselitismo dando a conocer el contenido de la propia fe. A esto lo llamamos evangelización, fenómeno que ha revestido muy diferentes características a lo largo de los siglos.

En algunos países de América Latina se ha llegado a prohibir la evangelización que pudiese afectar a tribus que conservan todavía religiones ancestrales, para evitar la desaparición de esos fenómenos culturales que se consideran patrimonio del país en el que existen. Es un fenómeno del todo nuevo, basado, más que en el aprecio de las religiones indígenas, en un concepto de conservación arqueológica de los modos de ser de pueblos antiguos. Sería curioso comprobar si el tratar de mantenerlos en su cultura religiosa primitiva supone también impedir que salgan de sus modos de vida primitivos, cerrándoles así el camino de la moderna civilización.

Fuente: MADRID, 10 junio 2003 ZENIT.org









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